martes, 29 de septiembre de 2020

ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.

DECRETO 328/2010, de 13 de julio… Reglamento Orgánico…

Artículo 54. Composición de la Junta Electoral.

1. Para la organización del procedimiento de elección, se constituirá en cada centro una Junta Electoral, compuesta por los siguientes miembros:

a) El director o directora del centro, que ejercerá la presidencia.

b) Un maestro o maestra, que ejercerá la secretaría y levantará acta de las sesiones.

c) Un padre, madre o representante legal del alumnado del centro.

d) Un persona representante del personal de administración y servicios.

2. En las votaciones que se realicen en el seno de la Junta Electoral, en caso de empate, decidirá el voto de calidad de la presidencia.

3. Los miembros de la Junta Electoral a los que se refieren las letras b), c) y d), del apartado 1, así como sus respectivos suplentes, serán designados por sorteo público según lo que determine la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 55. Competencias de la Junta Electoral.

Serán competencias de la Junta Electoral las siguientes:

a) Aprobar y publicar los censos electorales, así como atender y resolver las reclamaciones al mismo. El censo comprenderá nombre y apellidos de las personas electoras, en su caso documento nacional de identidad de las mismas, así como su condición de maestro o maestra, padre, madre o representante legal del alumnado, personal de administración y servicios o personal de atención educativa complementaria.

b) Concretar el calendario electoral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del Reglamento.

c) Organizar el proceso electoral.

d) Admitir y proclamar las personas candidatas, así como concretar el número máximo de éstas que pueden ser votadas por cada persona electora.

e) Determinar el modo en que quedarán identificadas, en las papeletas de voto, las candidaturas presentadas por las asociaciones de padres y madres del alumnado legalmente constituidas.

f) Promover la constitución de las distintas Mesa Electorales.

g) Resolver las reclamaciones presentadas contra las decisiones de las Mesa Electorales.

h) Proclamar los candidatos y candidatas elegidos y remitir las correspondientes actas a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación.

ENLACE a DOSIER 

lunes, 28 de septiembre de 2020

ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.

Instrucciones de 22 de septiembre de 2020… desarrollo de los procesos electorales Consejos Escolares…

Tercera. Sorteo y constitución de la Junta Electoral

Entre el 28 de septiembre y el 2 de octubre (ambos inclusive) será el plazo comprendido para el sorteo público de los componentes titulares y suplentes de la Junta Electoral. El aforo para la realización del sorteo se limitará a un máximo de 10 personas, conforme a la Orden de 16 de agosto de 2020, de la Consejería de Salud y Familias, sin perjuicio de que este número en la limitación de aforo sea modificado en una normativa posterior.

Durante el desarrollo del mismo deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.

ENLACE a DOSIER

domingo, 27 de septiembre de 2020

INSTRUCCIONES DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, PARTICIPACIÓN Y CONVIVENCIA ESCOLAR SOBRE EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ELECTORALES PARA LA RENOVACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE LOS CONSEJOS ESCOLARES DE LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, A EXCEPCIÓN DE LOS CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE PERSONAS ADULTAS.

Instrucciones de 22 de septiembre de 2020 de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar sobre el desarrollo de los procesos electorales para la renovación y constitución de los consejos escolares de los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas.

sábado, 26 de septiembre de 2020

RESOLUCIÓN DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, PARTICIPACIÓN Y CONVIVENCIA ESCOLAR, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE REPRESENTANTES EN LOS CONSEJOS ESCOLARES.

Resolución de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se establece el calendario para el desarrollo de las elecciones de representantes en los Consejos Escolares.
Primero. Los procesos electorales para la renovación y constitución de los Consejos Escolares a llevar a cabo en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, a excepción de los centros específicos de educación permanente de personas adultas, se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario:

1. La Junta Electoral se constituirá entre los días 5 al 9 de octubre de 2020 (ambos inclusive).

2. El plazo de admisión de candidaturas será el comprendido entre los días 16 al 29 de octubre de 2020 (ambos inclusive).

3. La Junta Electoral hará pública la lista provisional de candidatos y candidatas el 30 de octubre y la lista definitiva el 4 de noviembre de 2020.

4. La campaña electoral se llevará a cabo desde el 5 de noviembre hasta el 13 de noviembre de 2020 (ambos inclusive).

5. Las papeletas de voto deberán estar confeccionadas con anterioridad al día 10 de noviembre de 2020.

6. La celebración de las elecciones tendrá lugar durante los siguientes días:

a) 17 de noviembre: elecciones del sector de padres, madres y tutores del alumnado.

b) 18 de noviembre: elecciones del sector del alumnado.

c) 19 de noviembre: elecciones del sector del profesorado, del personal de administración y servicios y, en su caso, del personal de atención educativa complementaria.

7. La proclamación de representantes electos deberá realizarse antes del 4 de diciembre de 2020.

8. La constitución del nuevo Consejo Escolar deberá realizarse antes del 21 de diciembre de 2020.

ENLACE a BOJA 

martes, 15 de septiembre de 2020

CATÁLOGO DE PROGRAMAS PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA 2020-2021.

La Consejería de Educación y Deporte pone a disposición de los centros educativos el nuevo Catálogo de Programas para la Innovación Educativa para el curso 2020-2021.

En esta convocatoria se pone el acento en la necesidad de promover la transformación digital y la innovación en el sistema educativo andaluz. Como herramientas para la innovación, los programas permitirán acompañar al centro en el desarrollo de sus proyectos.
NOVEDADES CURSO 2020/2021

1.- Más digital. Nace la Moodle Programas. Para ello se crea una Moodle de cada Programa alojada en el Aula Virtual de Formación del Profesorado, que servirá para acompañar a los centros en la elaboración y desarrollo de su proyecto de centro durante todo el curso.
 
2.- Más inclusión curricular. Innovar en la forma de desarrollar el currículo. Los Programas se presentan como alternativa para un tratamiento diferente del currículo, con el uso de metodologías innovadoras, de los recursos digitales, en el fomento de la creatividad o en la conexión con las necesidades del contexto y del alumnado.


3. Más audiovisual. Potenciar el uso del vídeo como recurso educativo. Desde los programas se hace una apuesta decidida por lo audiovisual en su sentido más amplio, no solo ofreciendo recursos sino promoviendo la creación de alumnado y docentes. En ese sentido todos los Programas estrenan canal propio en Youtube.


4. Más salud. La salud como eje central de los proyectos de centro. Todos los organismos nacionales e internacionales insisten para el próximo curso en proponer y reforzar los programas de promoción de la Salud. En Andalucía esa actuación se va a realizar además potenciando el Programa para la Promoción de Hábitos de Vida Saludable. Se van a trabajar de manera destacada los siguientes centros de interés:

  • Información Covid-19. Facilitando recursos y materiales para proporcionar a los centros toda la información relativa a la actualidad con rigor y claridad.
  • Educación Emocional. Línea estratégica transversal que en estas circunstancias se convierte en fundamental. Recursos, materiales, formación y acompañamiento.
  • Uso positivo y responsable de las TIC.
  • Autocuidados y accidentalidad, desde la higiene respiratoria, lavado de manos, uso de mascarillas, distancia social, caminos escolares seguros, etcétera.

5. Más Seguimiento, apoyo y acompañamiento. Los programas cuentan con una red de apoyo a los centros participantes, especialmente con Equipos de Coordinación Pedagógica (ECP), equipo de docentes, avalados por buenas prácticas en sus centros, para acompañar a otros compañeros en el desarrollo de los programas. Esta interacción entre iguales potencia la creación de Redes de profesorado para promover el intercambio de experiencias y buenas prácticas, posibilitando el encuentro en torno a intereses comunes y compartidos.


6. Más conexión con el contexto social. Para dar respuesta a los centros en las necesidades planteadas ante las nuevas circunstancias los programas para la Innovación educativa van a reforzar y acentuar determinadas líneas estratégicas:

  • Ámbito Educación Ambiental: El medio ambiente, la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático son una de las prioridades, objetivo que se potencia en el contexto actual de medidas de reconstrucción frente a los efectos de la pandemia. En Educación se concreta en el Programa ALDEA (Red Andaluza de Ecoescuelas y ALDEA B proyectos temáticos).
  • Ámbito Cultura Emprendedora: El espíritu emprendedor incluye tanto la aceptación del cambio como la motivación para alcanzar el éxito asumiendo la responsabilidad de las propias acciones para marcar y alcanzar objetivos. Las líneas prioritarias de este curso serán las siguientes: desarrollo de competencias blandas (Soft Skills) en situaciones críticas.
  • Ámbito Comunicación Lingüística: Como línea estratégica para el curso 2020/21 se potenciará la comunicación audiovisual. Esta línea está diseñada para la mejora de la comprensión, expresión e interacción oral o escrita de textos audiovisuales y digitales en medios de comunicación, redes sociales y formato digital.
  • Ámbito Programas Culturales: El período de confinamiento ha puesto en evidencia la importancia de la cultura para las comunidades. Cuando nos hemos visto obligados a permanecer en casa, la cultura nos ha unido creando vínculos y acortando distancias. El programa seguirá unas líneas estratégicas que potenciará la dimensión socioeconómica del patrimonio como recurso para el desarrollo, vinculado a los objetivos de desarrollo sostenible de la Unesco.

lunes, 14 de septiembre de 2020

PLAN de CONSUMO de FRUTA en la ESCUELA.

Dentro del Plan de consumo de fruta  en la escuela, el próximo martes, 22 de septiembre de 2020, se recibirá en el C.E.I.P. "Victoria Díez" la siguiente fruta para repartir entre el alumnado.

domingo, 13 de septiembre de 2020

CENTROS BENEFICIARIOS DEL PLAN ESCOLAR DE CONSUMO DE LECHE Y OTROS PRODUCTOS LÁCTEOS. CURSO 2019/2020.

El C.E.I.P. "Victoria Díez" está incluido y por tanto, es beneficiario, del Plan Escolar de Consumo de Leche y Otros Productos Lácteos.
Esperamos que lleguen al Centro los productos lácteos en las fechas comprendidas entre el lunes, 14 de septiembre y el viernes, 18 de septiembre de 2020.

lunes, 7 de septiembre de 2020

PROTOCOLO de ACTUACIÓN COVID-19 del C.E.I.P. VICTORIA DÍEZ de HORNACHUELOS y DEMÁS INFORMACIÓN.

PROTOCOLO de ACTUACIÓN COVID-19 del C.E.I.P. VICTORIA DÍEZ de HORNACHUELOS y DEMÁS INFORMACIÓN.

Para acceder, haz clic o doble clic AQUÍ.
También puede acceder a través de los siguientes blogs relacionados con el C.E.I.P. "Victoria Díez":
 
BLOG:
NOTICIAS del C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ" de HORNACHUELOS (CÓRDOBA)
URL:
Columna de la derecha.
Buscar el epígrafe:
PROTOCOLO de ACTUACIÓN COVID-19 del C.E.I.P. VICTORIA DÍEZ de HORNACHUELOS.
Hacer clic o doble clic sobre el icono.

BLOG:
"VOX CLAMANTIS IN DESERTO"
URL:
Columna de la derecha.
Buscar el epígrafe:
PROTOCOLO de ACTUACIÓN COVID-19 del C.E.I.P. VICTORIA DÍEZ de HORNACHUELOS.
Hacer clic o doble clic sobre el icono.

BLOG:
"QUIDQUID DELIRANT REGES PLENCTUNTUR AGIVI"
URL:
Columna de la derecha.
Buscar el epígrafe:
PROTOCOLO de ACTUACIÓN COVID-19 del C.E.I.P. VICTORIA DÍEZ de HORNACHUELOS.
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sábado, 5 de septiembre de 2020

miércoles, 2 de septiembre de 2020

ABIERTO el PLAZO de SOLICITUD de BONIFICACIONES PARA LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES en el C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ". CURSO ESCOLAR 2020/2021. DESDE el 1 al 7 de SEPTIEMBRE de 2020 AMBOS INCLUSIVE.

La Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar establece en su artículo 25, apartado 1 que la bonificación que pudiera corresponder deberá solicitarse del 1 al 7 de septiembre de cada año utilizando el modelo que, como Anexo V, aparece en la Orden, en el cual deberán declararse los ingresos de la unidad familiar del periodo impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de la solicitud.
Además, todos los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años deberán estar identificados por su DNI o NIE y cumplimentarán la autorización a la Consejería competente en materia de educación para que ésta pueda obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la transmisión de datos telemáticos, la información relativa a los ingresos correspondientes de todos los miembros de la unidad familiar obligados a presentar Declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de solicitud. 
A estos efectos se entienden como ingresos cualquier renta susceptible de integrar el hecho imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En el supuesto de que algún miembro de la unidad familiar no esté obligado a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se requerirá de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información relativa a los certificados de retenciones expedidos por el pagador de cualquier clase de rendimientos en favor de dicho miembro de la unidad familiar. Una vez constatado que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no dispone de datos económicos respecto de dicha persona, se presentará cualquier documento que acredite los ingresos obtenidos en el periodo de referencia. Excepcionalmente podrá presentarse una declaración responsable de la persona interesada.

La dirección del centro docente revisará la solicitud de bonificación y la documentación que acompaña, comprobando que se han indicado los DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años y que la documentación aportada es correcta

En caso contrario, requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición.

Cuando no se cumplimente la autorización a la Consejería competente en materia de educación establecida en el apartado 1, no se tendrá derecho a la bonificación.

Tampoco se tendrá derecho a la misma cuando se constate que alguno de los datos aportados es falso.

Procederá el reintegro de las cantidades bonificadas cuando se haya obtenido la bonificación falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido. Dicho reintegro se exigirá conforme al procedimiento establecido en la normativa vigente.

Una vez que la Consejería competente en materia de educación obtenga la información recogida en el apartado 1, se procederá al cálculo de las bonificaciones correspondientes, que serán notificadas a las personas solicitantes por la persona que ejerce la dirección del centro docente, a través de un anuncio en el tablón de anuncios del centro.

En el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del citado anuncio, las personas solicitantes podrán formular las alegaciones que estimen convenientes ante la persona que ejerza la dirección del centro docente.
La dirección del centro docente examinará las alegaciones presentadas y formulará la correspondiente propuesta a la persona titular de la respectiva Delegación Territorial competente en materia de educación, que dictará la resolución de bonificación del precio público correspondiente a los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, que será notificada a las personas solicitantes.

La resolución podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación, que agota la vía administrativa, o de recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

En las actividades extraescolares, la bonificación al precio público de este servicio se aplicará como máximo a dos actividades por alumno o alumna según dispone el artículo 25, apartado 5 de la Orden de 17 abril de 2017.

El pago de los servicios complementarios se realizará mensualmente mediante domiciliación bancaria.

El alumnado suplente en cada uno de los servicios complementarios, en caso de resultar admitido, tendrá un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de admisión para solicitar, en su caso, la bonificación que pudiera corresponderle.

En el caso de solicitudes de admisión en los servicios complementarios presentadas a lo largo del curso, la bonificación deberá solicitarse conjuntamente con aquélla.

Puede consultar la normativa actualizada en el blog:
Columna derecha (fondo blanco)
Título:
IMPRESOS y NORMATIVA para ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, AULA MATINAL y COMEDOR ESCOLAR.
Haga "clic" o doble "clic" sobre el enlace que quiera ver o descargar.

ENLACE a ANEXO V 



Puede presentar el anexo V utilizando la Secretaría Virtual.

Para acceder a la Secretaría digital haga clic o doble clic AQUÍ.

Haga clic o doble clic sobre: Solicitudes.

Haga clic o doble clic sobre: Servicios Complementarios.

Haga clic o doble clic sobre: Bonificación del precio público\gratuidad  total de los servicios complementarios.

ENLACE directo al impreso electrónico de bonificación. Haga clic o doble clic AQUÍ.

martes, 1 de septiembre de 2020