Plazo de solicitud: desde el 30 de octubre al 12 de noviembre, a través del formulario de inscripción que se adjunta en el Dossier.
Disponen de toda la información en el Dossier que se ha elaborado y que pueden ver en los enlaces adjuntos.
Instrucciones de 22 de septiembre de 2020… desarrollo de los procesos electorales elecciones Consejos Escolares…
Quinta. Admisión y proclamación de candidaturas
La Junta Electoral hará pública la lista provisional de candidatos y candidatas el 30 de octubre y la lista definitiva el 4 de noviembre de 2020. Igualmente, se publicarán en los tablones de anuncios, habilitados en varios lugares del centro, y se difundirá a través de la web y de las redes sociales utilizadas normalmente por el centro educativo.
Quinta. Admisión y proclamación de candidaturas
El plazo de admisión de candidaturas será el comprendido entre el 16 y 29 de octubre de 2020 (ambos inclusive).
Las candidaturas se presentarán a través del correo electrónico (la dirección de email será facilitada en el Plan de Actuaciones.
Cuenta de correo electrónico: 14004208.edu@juntadeandalucia.es) o por la Secretaría Virtual del centro educativo.
La Junta Electoral hará pública la lista provisional de candidatos y candidatas el 30 de octubre y la lista definitiva el 4 de noviembre de 2020. Igualmente, se publicarán en los tablones de anuncios, habilitados en varios lugares del centro, y se difundirá a través de la web y de las redes sociales utilizadas normalmente por el centro educativo.
Los auxiliares de conversación potencian la práctica de la conversación en su lengua materna, incrementando la motivación del alumnado por el aprendizaje de idiomas y fomentando el conocimiento de la cultura, costumbres y tradiciones de su país de origen mediante temas de actualidad y actividades lúdicas en el aula. También proporcionarán un modelo de corrección fonética y gramatical en la lengua extranjera que corresponda y podrán participar en las actividades complementarias y extraescolares organizadas por los centros.
La Consejería de Educación y Deporte dota a los centros bilingües de uno o dos auxiliares de conversación según el número de grupos bilingües existentes. Desarrollarán su actividad durante doce horas semanales de atención directa al alumnado, que podrán realizarse a tiempo total en un único centro o ser compartidas en otro centro. En todo caso, estarán acompañados siempre en el aula por el profesor o profesora de referencia bajo la tutorización de la coordinación bilingüe del centro.
Amplia oferta de actividades de formación
Otra de las iniciativas incluidas en el documento para fomentar el bilingüismo es la ampliación de la oferta de actividades formativas en la modalidad a distancia. Así, las actividades de formación propuestas tanto a nivel regional como provincial para este nuevo curso incluyen contenidos como el enfoque AICLE, el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas, el Portafolio de las Lenguas, la atención a la diversidad en la enseñanza bilingüe, los programas europeos Erasmus+, la red eTwinning, la actualización lingüística y metodológica en lengua extranjera, estrategias metodológicas para trabajar las cinco destrezas comunicativas a distancia, herramientas innovadoras y la colaboración con el auxiliar de conversación.
La Consejería además ha organizado un curso de actualización en el Aula Virtual del Profesorado para todos los coordinadores y coordinadoras de la enseñanza bilingüe de Andalucía que se desarrollará durante este mes. En este curso se incluyen tres módulos de contenidos fundamentales: normativa que regula la enseñanza bilingüe y el programa de auxiliares, desarrollo profesional y buenas prácticas.
Otro de los cursos que se impartirán a través de este soporte son cursos a distancia para el profesorado de centros bilingües y plurilingües en inglés y francés a nivel regional para dotar al profesorado de áreas no lingüísticas de las herramientas necesarias y recursos digitales para programar tareas para el uso de las cinco destrezas lingüísticas; curso de francés sobre herramientas digitales Además, se han diseñado cursos sobre metodologías activas y herramientas digitales para la enseñanza telemática.
Por otra parte,
el programa José Saramago se amplía en este curso a los centros de Primaria con
la inclusión de dos colegios adscritos a institutos de Secundaria que ya están
en el programa. Así, se pasa de 8 a 10 centros, la mayoría ubicados en la
provincia de Huelva. Además, el programa cuenta con la colaboración de
auxiliares de conversación de portugués procedentes de Portugal y en este curso
de Brasil por primera vez, que desarrollaran su labor en los centros que
imparten este idioma como segunda lengua extranjera.
Asimismo, la Consejería de Educación y Deporte participa en el proyecto Escuelas de Frontera, programa financiado por la OEI (Organización de Estados Iberoamericanos) para impulsar escuelas bilingües español-portugués en zonas fronterizas. Se trata de promocionar el bilingüismo y la interculturalidad a través de escuelas ubicadas en pueblos cercanos a las zonas fronterizas. Los estudiantes de las "escuelas-espejo" participantes recibirán una enseñanza bilingüe en español y portugués desde la educación primaria, cuando la capacidad del estudiante para aprender idiomas es mayor, así como su permeabilidad a conocer la cultura del otro, compartiendo profesorado, recursos, actividades y buenas prácticas.
La red de centros bilingües de Andalucía está integrada por un total de 1.192 centros docentes públicos, lo que supone un incremento de 31 respecto al año anterior. En concreto, se incorporarán 20 colegios de Infantil y Primaria, 2 centros públicos rurales y 9 institutos de Educación Secundaria que impartirán enseñanzas bilingües español-inglés. Además, 4 centros, 1 de Primaria y 3 de Secundaria, amplían la enseñanza bilingüe a plurilingüe. Además, se crean 3 nuevos ciclos de Formación Profesional bilingües con un total de 105. Este aumento de centros permite que unos 422.800 estudiantes recibirán enseñanza bilingüe en Andalucía este curso.
Tal como se recoge en dicha Instrucción "desde 2019 hasta 2022 se enfatizará la celebración de la efeméride del V Centenario de la primera circunnavegación de la Tierra", preferentemente con actividades para realizar con el alumnado dentro del horario lectivo, sobre los contenidos curriculares relacionados con este acontecimiento histórico, la exploración oceánica y la aportación que ello ha supuesto a la historia.
Prevén en ambos casos actuaciones a celebrar entre los días 5 de octubre y 21 de diciembre de 2020, fecha establecida como tope para la constitución de los nuevos Consejos Escolares y Consejos de Centros.
Esas resoluciones, dictadas conforme a lo establecido en la normativa de aplicación, ya contemplaban la posibilidad de que los Delegados Territoriales modificaran las fechas de los procesos de elección por razones excepcionales, a la vista de la evolución de la crisis sanitaria por el Covid-19.
La evolución de la crisis sanitaria por el Covid-19 justifica la adopción de medidas preventivas de salud pública, dado que en el caso de estos procesos de elección implican actuaciones presenciales en los centros.
Las Delegaciones Territoriales, por tanto, atendiendo a las medidas preventivas de salud pública, dado que en el caso de estos procesos de elección implican actuaciones presenciales en los centros, han acordado el cambio de fecha, y fijarán las nuevas para el desarrollo de estos procesos de elección cuando la situación de la crisis sanitaria lo permita o cuando las medidas de organización y funcionamiento de los centros docentes lo hagan posible.
CORRECCIÓN de errores al Decreto 328/2010, de 13 de julio.
Artículo 49. Composición del Consejo Escolar.
1. El Consejo Escolar de los centros que tengan 18 o más unidades estará compuesto por los siguientes miembros:
a) El director o la directora del centro, que ejercerá la presidencia.
b) El jefe o la jefa de estudios.
c) Ocho maestros o maestras.
d) Nueve padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas.
e) Una persona representante del personal de administración y servicios.
f) Una concejalía o persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro.
g) El secretario o la secretaria del centro, que ejercerá la secretaría del Consejo Escolar, con voz y sin voto.
2. El Consejo Escolar de los centros de 9 o más unidades y menos de 18 estará compuesto por los siguientes miembros:
a) El director o la directora del centro, que ejercerá la presidencia.
b) El jefe o la jefa de estudios.
c) Seis maestros o maestras.
d) Siete padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas.
e) Una persona representante del personal de administración y servicios.
f) Una concejalía o persona representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro.
g) El secretario o la secretaria del centro, que ejercerá la secretaría del Consejo Escolar, con voz y sin voto.
Los censos electorales se publicarán en los tablones de anuncios del centro. Estos se situarán en varios lugares del centro con el fin de evitar aglomeraciones, adoptando medidas tales como habilitación de varias entradas y salidas y/o el establecimiento de un período de tiempo para facilitar la consulta del mismo, cumpliendo siempre con las medidas de prevención, higiene y distancia de seguridad adoptados.
Instrucciones de 22 de septiembre de 2020… desarrollo de los procesos electorales Consejos Escolares…
Tercera. Sorteo y constitución de la Junta Electoral
Una vez constituida la Junta Electoral (entre el 5 y el 9 de octubre) esta procederá a la elaboración de un plan denominado “Actuaciones de prevención, seguridad e higiene relativas a la organización y desarrollo de los procesos electorales para la constitución del Consejo Escolar” (en adelante Plan de Actuaciones), en el que se informará de las acciones necesarias para cumplir con las medidas de higiene y seguridad durante el desarrollo de las elecciones en el centro, teniendo en cuenta para su redacción lo indicado en las “Medidas de prevención, protección, vigilancia y promoción de salud. Covid-19” de la Consejería de Salud y Familias (en adelante Documento de Medidas) y en las presentes instrucciones (se adjunta modelo en Anexo I).
Este Plan de Actuaciones será difundido a la comunidad educativa, especialmente a las familias, y será colgado en la página web del centro educativo. Asimismo, se emplearán todos los medios precisos para dar la información comprensiva de todas las obligaciones y recomendaciones que se establecen en él, para su general conocimiento, con la finalidad de garantizar el desarrollo del proceso electoral de forma segura.
Se recomienda que las personas designadas como miembros de la Junta Electoral que tengan alguna vulnerabilidad al COVID-19, según los listados de edad y patologías conocidas que determinan esa vulnerabilidad, soliciten su renuncia alegando la existencia de estas circunstancias, de forma justificada y documentada, ante la Dirección del centro, dentro de los dos días hábiles siguientes a su designación.
Resolución de 14 de septiembre de 2020… calendario para el desarrollo de las elecciones… Consejos Escolares…
Séptimo. Una vez constituida la Junta electoral, esta solicitará a la asociación de madres y padres del alumnado, legalmente constituida, con mayor número de personas asociadas del centro, la designación de su representante en el Consejo Escolar. La asociación de madres y padres deberá comunicarlo a la Junta electoral dentro del plazo de admisión de candidaturas. En caso de que la asociación de madres y padres no designe a su representante en este plazo, las personas representantes del sector de madres y padres del alumnado serán elegidas todas por votación, no pudiéndose llevar a cabo dicha designación hasta el siguiente proceso electoral. Es requisito indispensable para la asociación de madres y padres estar inscrita en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, lo que certificará, ante la Junta electoral, mediante copia de la resolución de inscripción en dicho Censo.