Papeleta
electoral.
Las papeletas de
voto deberán estar confeccionadas con anterioridad al día 26 de octubre de
2018.
La papeleta
electoral debe ajustarse a los siguientes requisitos:
a) Las personas
candidatas constituirán una única lista abierta.
b) Los nombres
de las personas candidatas se ordenarán alfabéticamente a partir del primer
apellido.
c) Cuando una
persona candidata del sector de madres, padres y representantes legales del
alumnado, forme parte de una candidatura diferenciada, al lado de su nombre
figurarán la denominación y, en su caso, las siglas de la asociación que
presentó la candidatura.
d) Los nombres
de las personas candidatas irán precedidos de un recuadro para que las personas
votantes marquen aquéllas a los que conceden su voto.
La Junta
electoral podrá utilizar el modelo de papeleta generado por el Sistema de
Información Séneca, regulado mediante el Decreto 285/2010, de 11 de mayo, por
el que se regula el Sistema de Información Séneca y se establece su utilización
para la gestión del sistema educativo andaluz.
La Junta
electoral procederá a la impresión de las papeletas en un plazo de tres días
hábiles a partir de la publicación de la lista definitiva de las personas
candidatas.
Tiene más
información en el blog:
"Vox
clamantis in deserto"
URL:
Post del día:
domingo, 8 de julio de 2018.
Post del día:
viernes, 21 de septiembre de 2018.
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