Instrucciones de 22 de septiembre de 2020… desarrollo de los procesos electorales elecciones Consejos Escolares…
Séptima. Sorteo Mesas electorales
El aforo para la realización del sorteo de las mesas electorales de alumnado y de madres y padres y representantes legales del alumnado se limitará a un máximo de 10 personas, sin perjuicio de que este número en la limitación de aforo sea modificado en una normativa posterior. Durante el mismo deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.
La sesión del claustro extraordinario en la que figura como único punto del orden del día la elección y proclamación del profesorado electo y en el que se constituye la mesa electoral del sector se realizará de forma telemática.
Se recomienda que las personas designadas como miembros de las mesas electorales que tengan alguna vulnerabilidad al COVID-19, según los listados de edad y patologías conocidas que determinan esa vulnerabilidad, soliciten ausentarse alegando la existencia de estas circunstancias, de forma justificada y documentada, ante la Junta Electoral, dentro de los dos días hábiles siguientes a su designación. Por su parte, la Junta Electoral procurará que haya el suficiente número de suplentes para que las mesas puedan constituirse.
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