martes, 1 de junio de 2021
lunes, 31 de mayo de 2021
domingo, 30 de mayo de 2021
sábado, 29 de mayo de 2021
viernes, 28 de mayo de 2021
martes, 25 de mayo de 2021
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE APRUEBAN EL CALENDARIO Y LA JORNADA ESCOLAR EN LOS CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS PARA EL CURSO ACADÉMICO 2021/2022.
lunes, 26 de abril de 2021
EL WIDGET FOLLOWBYEMAIL (FEEDBURNER) VA A DESAPARECER A PARTIR DEL 1 DE JULIO D 2021. POR TANTO, EL SERVICIO DE ENVÍO DE CORREOS ELECTRÓNICOS AUTOMATIZADOS DE LOS SUSCRIPTORES DE ESTE BLOG, DEJARÁ DE FUNCIONAR.
A partir de julio de 2021, tu feed seguirá funcionando, pero el servicio de envío de correos electrónicos automatizados a tus suscriptores, no.
Muchos usuarios no tendrán que hacer nada. Todos los feeds seguirán funcionando ininterrumpidamente, y podrás seguir creando nuevas cuentas y feeds. Las funciones esenciales de gestión de feeds seguirán activas.
viernes, 9 de abril de 2021
RESOLUCIÓN DE 26 DE MARZO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ACTUACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE AULA MATINAL, COMEDOR ESCOLAR Y ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/2022.
viernes, 19 de marzo de 2021
miércoles, 3 de marzo de 2021
martes, 2 de marzo de 2021
lunes, 1 de marzo de 2021
RESOLUCIÓN DE 15 DE FEBRERO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y CENTROS, POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO DE ACTUACIONES DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS PARA CURSAR LAS ENSEÑANZAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN ESPECIAL, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/22, Y SE MODIFICA EL MODELO DE SOLICITUD.
domingo, 28 de febrero de 2021
ORDEN de 20 de FEBRERO de 2020, POR LA QUE SE DESARROLLA EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS PARA CURSAR LAS ENSEÑANZAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN ESPECIAL, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO (TEXTO CONSOLIDADO, 05-02-2021).
sábado, 27 de febrero de 2021
DECRETO 21/2020, DE 17 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULAN LOS CRITERIOS Y EL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS PARA CURSAR LAS ENSEÑANZAS DE SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL, EDUCACIÓN PRIMARIA, EDUCACIÓN ESPECIAL, EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO (TEXTO CONSOLIDADO, 05-02-2021).
viernes, 26 de febrero de 2021
DECRETO-LEY 2/2021, DE 2 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICAN, CON CARÁCTER URGENTE, LA NORMATIVA DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y OTRAS DISPOSICIONES NORMATIVAS, Y SE REGULAN LOS ESTUDIOS CON FINALIDAD DE DIAGNÓSTICO PRECOZ O DE DETECCIÓN DE CASOS DE INFECCIÓN ACTIVA (CRIBADOS) DENTRO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
miércoles, 24 de febrero de 2021
RESOLUCIÓN DE 29 DE ENERO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE ANDALUCÍA EN LOS CENTROS DOCENTES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ANDALUZA.
martes, 23 de febrero de 2021
lunes, 22 de febrero de 2021
viernes, 5 de febrero de 2021
RESOLUCIÓN DE 05 DE FEBRERO DE 2021 DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN Y DEPORTE EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE REALIZA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA CUBRIR UN PUESTO EN EL GABINETE PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO SOBRE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
miércoles, 20 de enero de 2021
ORDEN DE 15 DE ENERO DE 2021, POR LA QUE SE DESARROLLA EL CURRÍCULO CORRESPONDIENTE A LA ETAPA DE EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE DEL ALUMNADO Y SE DETERMINA EL PROCESO DE TRÁNSITO ENTRE DISTINTAS ETAPAS EDUCATIVAS.
viernes, 18 de diciembre de 2020
RETRANSMISIÓN EN DIRECTO (STREAMING), de la FIESTA de NAVIDAD del C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ" de HORNACHUELOS (CÓRDOBA).
sábado, 5 de diciembre de 2020
ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.
8. La constitución del nuevo Consejo Escolar deberá realizarse antes del 21 de diciembre de 2020.
lunes, 30 de noviembre de 2020
ANDALUCÍA IMPULSA SU ESTRATEGIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL EDUCATIVA GRACIAS A LA ALIANZA CON GOOGLE Y MICROSOFT.
domingo, 29 de noviembre de 2020
ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.
DECRETO 328/2010, de 13 de julio… Reglamento Orgánico…
Artículo 50. Competencias.
El Consejo Escolar de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial tendrá las siguientes competencias:
a) Aprobar y evaluar el Plan de Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de Profesorado que se establecen en el artículo 66.b) y c) en relación con la planificación y la organización docente.
b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la justificación de la cuenta de gestión.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por las personas candidatas.
d) Participar en la selección del director o directora del centro en los términos que establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director o directora.
e) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y disposiciones que la desarrollen.
f) Realizar el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos en el centro, para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.
g) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan al presente Reglamento y demás normativa de aplicación. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora correspondan a conductas del alumno o alumna que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o representantes legales del alumnado, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
h) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
i) Reprobar a las personas que causen daños, injurias u ofensas al profesorado. En todo caso, la resolución de reprobación se emitirá tras la instrucción de un expediente, previa audiencia al interesado.
j) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.
k) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
l) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
m) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.
n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.
Artículo 51. Régimen de funcionamiento del Consejo Escolar.
1. Las reuniones del Consejo Escolar deberán celebrarse en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros y, en todo caso, en sesión de tarde que no interfiera el horario lectivo del centro.
2. El Consejo Escolar será convocado por orden de la presidencia, adoptado por propia iniciativa o a solicitud de, al menos, un tercio de sus miembros.
3. Para la celebración de las reuniones ordinarias, el secretario o secretaria del Consejo Escolar, por orden de la presidencia, convocará con el correspondiente orden del día a los miembros del mismo, con una antelación mínima de una semana, y pondrá a su disposición la correspondiente información sobre los temas a tratar en la reunión. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.
4. El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría de votos, sin perjuicio de la exigencia de otras mayorías cuando así se determine expresamente por normativa específica.
sábado, 28 de noviembre de 2020
ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.
7. La proclamación de representantes electos deberá realizarse antes del 4 de diciembre de 2020.
jueves, 19 de noviembre de 2020
ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.
DECRETO 328/2010, de 13 de julio… Reglamento Orgánico…
Artículo 57. Elección de los representantes del profesorado.
1. Las personas representantes de los maestros y maestras en el Consejo Escolar serán elegidas por el Claustro de Profesorado de entre sus miembros.
2. Serán electores todos los miembros del Claustro de Profesorado. Serán elegibles los maestros y maestras que hayan presentado su candidatura.
3. El director o directora acordará la convocatoria de un Claustro de Profesorado, de carácter extraordinario, en el que, como único punto del orden del día, figurará el acto de elección y proclamación de profesorado electo.
4. En la sesión extraordinaria del Claustro de Profesorado se constituirá una Mesa Electoral. Dicha Mesa estará integrada por el director o directora del centro, que ejercerá la presidencia, el maestro o maestra de mayor antigüedad y el de menor antigüedad en el centro que ejercerá la secretaria de la Mesa.
Cuando coincidan varios maestros o maestras de igual antigüedad, formarán parte de la Mesa el de mayor edad entre los más antiguos y el de menor edad entre los menos antiguos.
5. El quórum para la válida celebración de la sesión extraordinaria será la mitad más uno de los componentes del Claustro de Profesorado. Si no existiera quórum, se efectuará nueva convocatoria veinticuatro horas después de la señalada para la primera. En este caso, no será preceptivo el quórum señalado.
6. Cada maestro o maestra podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres de la relación de candidatos y candidatas como puestos a cubrir. Serán elegidos los maestros y maestras con mayor número de votos. Si en la primera votación no hubiese resultado elegido el número de maestros o maestras que corresponda, se procederá a realizar en el mismo acto sucesivas votaciones hasta alcanzar dicho número, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 63.2.
7. No podrán ser representantes del profesorado en el Consejo Escolar del centro quienes desempeñen los cargos de dirección, secretaría y jefatura de estudios.
miércoles, 18 de noviembre de 2020
ELECCIONES a CONSEJOS ESCOLARES 2020.
6. La celebración de las elecciones tendrá lugar durante los siguientes días:
c) 19 de noviembre: elecciones del sector del profesorado, del personal de administración y servicios y, en su caso, del personal de atención educativa complementaria.
domingo, 15 de noviembre de 2020
ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES 2020. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS PADRES Y DE LAS MADRES. LA MESA ELECTORAL PERMANECERÁ ABIERTA DESDE LA 15:00 HORAS HASTA LAS 20:00 HORAS, TIEMPO DURANTE EL CUAL PODRÁ EMITIRSE EL VOTO.
1. La representación de los padres y madres en el Consejo Escolar corresponderá a éstos o a los representantes legales del alumnado. El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre, a la madre o, en su caso, a los representantes legales de los alumnos y alumnas.
2. Serán electores todos los padres, madres y representantes legales de los alumnos y alumnas que estén matriculados en el centro y que, por tanto, deberán figurar en el censo.
Serán elegibles los padres, madres y representantes legales de los alumnos y alumnas que hayan presentado su candidatura y que haya sido admitida por la Junta Electoral. Las asociaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas podrán presentar candidaturas diferenciadas, que quedarán identificadas en la correspondiente papeleta de voto en la forma que se determine por la Junta Electoral.
3. La elección de los representantes de los padres y madres del alumnado estará precedida por la constitución de la Mesa Electoral encargada de presidir la votación, conservar el orden, velar por la pureza del sufragio y realizar el escrutinio.
4. La Mesa Electoral estará integrada por el director o directora del centro, que ejercerá la presidencia, y cuatro padres, madres o representantes legales del alumnado designados por sorteo, ejerciendo la secretaría el de menor edad entre éstos. La Junta Electoral deberá prever el nombramiento de cuatro suplentes, designados también por sorteo.
5. Podrán actuar como supervisores de la votación los padres, madres y representantes legales de los alumnos y alumnas matriculados en el centro propuestos por una asociación de madres y padres del alumnado del mismo o avalados por la firma de, al menos, diez electores.
6. Cada elector sólo podrá hacer constar en su papeleta tantos nombres como puestos a cubrir, descontando, en su caso, la persona designada por la asociación de madres y padres de alumnos más representativa del centro.
8. La Junta Electoral, con el fin de facilitar la asistencia de las personas votantes, fijará el tiempo durante el cual podrá emitirse el voto, que no podrá ser inferior a cinco horas consecutivas, contadas a partir de la conclusión del horario lectivo correspondiente a la jornada de mañana y que deberá finalizar, en todo caso, no antes de las veinte horas. Asimismo, por la Junta Electoral se establecerán los mecanismos de difusión que estime oportunos para el general conocimiento del proceso electoral.


































